denominacionesorigenEn España el origen legal de las denominaciones de origen hay que buscarlo en el Estatuto del vino del año 1932 y en la posterior Ley 25/1970, del Estatuto de la Viña, del vino y los alcoholes. En la actualidad las Denominaciones de Origen están contempladas en la nueva Ley 24/2003 de la Viña y del Vino. Aquí recogemos dichas denominaciones de origen encuadradas por Comunidades Autónomas. Pero en el mundo de los vinos, las denominaciones de origen no podemos contemplarlas solo desde un punto de vista legal, como un lugar geográfico que sirve para designar y proteger un producto agrícola originario de dicho lugar.

En los Vinos la D.O. implica también costumbres, mitos, leyendas, historia de esos lugares y de esas gentes que con su saber hacer han sido capaces de crear un producto de una singular y excelsa calidad. Se puede considerar como la primera D.O. (o mejor dicho, denominación tradicional) la del queso Roquefort, el parlamento de Toulouse decretó en 1666 que “sólo los habitantes de Roquefort tienen la exclusividad del curado del producto. Sólo existe un Roquefort, y es el que se cura en Roquefort desde tiempos inmemoriales en las cuevas de este pueblo”, así se sentaron las bases de lo que hoy podríamos llamar una Indicación Geográfica Protegida.

vinosdelatierraEn 1756, el Marqués de Pombal (primer ministro de Jose I de Portugal) creó en Oporto la Compañía General de la Agricultura de las Viñas del Alto Duero, con la que pretendía proteger y asegurar la calidad del famoso vino de Oporto. Nace así lo que hoy conocemos como Consejo Regulador.

Consejo Regulador El Consejo Regulador es el órgano encargado de defender, normalizar, aplicar los reglamentos y normas de calidad de una Denominación de Origen, además de defender sus intereses económicos y sociales. Es decir, cada D.O. tiene su propio Consejo Regulador. Clasificación de los vinos españoles. En función del grado de protección que tienen los vinos y por consiguiente la normativa y control que deben cumplir, podemos decir que existen seis clases de vinos. Vamos a exponerlos brevemente de menor a mayor grado de protección.

Vino de mesa Los vinos de mesa están en el escalón más bajo en cuanto a protección y exigencia, no pertenecen a ninguna D.O. y no están obligados a especificar procedencia, añada o variedades.

Vinos de la Tierra Los Vinos de la Tierra pertenecen a regiones determinadas, que con unas características medioambientales o de cultivo confieren a estos vinos cierto carácter. Siguen una normativa menos exigente que los vinos con D.O.

Vinos de Calidad con Indicación Geográfica (V.C.) Son vinos producidos y elaborados en una región o localidad determinada, las uvas deben tener la misma procedencia y su producción, la elaboración del vino o su envejecimiento se deben a dicho lugar o a sus gentes.

Mapas del vino de la Tierra y D.O gentileza de ICEX (Descargar)

Denominaciones de origen  /  Vinos de la Tierra

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